Inicio |  Nuestros productos |  Auditoria de Cuentas Medicas

Módulo - Auditoría de Cuentas Médicas

Auditoría de Cuentas Médicas

Cargue, validación y auditoría con trazabilidad en tiempo real

Nuestro módulo de Auditoría de Cuentas Médicas está diseñado para garantizar el control, trazabilidad y eficiencia en los procesos de revisión y conciliación de facturación en salud. Esta solución se divide en dos componentes principales que trabajan de forma integrada:

 

1. Validador y Cargue de RIPS

Automatización en la recepción y validación de cuentas

  • Cargue masivo de archivos RIPS en formato .txt o JSON conforme a la normativa vigente.
  • Registro de soportes de factura (PDF, imágenes, anexos clínicos).
  • Validación automática de estructura, consistencia y correspondencia con el XML de la factura.
  • Notificación por correo con número de radicado, resumen de facturas cargadas y validación en línea de errores de estructura o falta de información.
  • Generación de trazabilidad completa del proceso de radicación. 
  •  

    2. Auditoría Médica en Línea

    Gestión integral de la auditoría con comunicación directa entre partes

  • Preauditoria administrativa: Verificación previa de requisitos formales antes de la revisión técnica.
  • Auditoría médica automatizada basada en manuales tarifarios (Cups, Soat) con preauditoria y glosas administrativas automáticas y observaciones por servicio.
  • Notificación electrónica en línea a la IPS, con alertas de respuesta, y alertas visuales de tiempos de respuesta.
  • Conciliación en línea: Comunicación directa para respuesta a glosas, devoluciones, ajustes, cargue de soportes faltantes y acuerdos con respaldo normativo.
  • Generación de actas de auditoría digitalmente y exportables para gestión contractual y financiera.
  •  

     

    Beneficios destacados

    ✔️ Reducción de tiempos operativos
    ✔️ Auditoría técnica y administrativa unificadas
    ✔️ Comunicación segura y directa con prestadores
    ✔️ Reportes e indicadores de gestión
    ✔️ Cumplimiento con Resoluciones 1604, 2275, 2284 y 2335

     

     

    Compartir este artículo